jueves, 5 de junio de 2025

¿Cuánto es la pensión de alimentos que le corresponde a mi hijo?


¿Tienes dudas sobre cuánto debería aportar el padre o la madre de tu hijo para su manutención? No estás solo. Este es uno de los temas más sensibles y frecuentes en el derecho de familia peruano. Y como abogado, te lo digo claro: la pensión de alimentos no es un favor. Es un derecho.

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Tabla de contenidos

¿Qué se entiende por pensión de alimentos?

Cuando hablamos de pensión de alimentos, muchas personas piensan únicamente en “dinero para la comida”. Pero en realidad, este concepto legal es mucho más amplio y completo. La pensión de alimentos es una obligación económica que busca asegurar que los hijos tengan una vida digna y adecuada a su edad y entorno. No se trata solo de cubrir el plato de comida diario, sino de garantizar que el menor crezca con salud, acceda a educación, tenga un lugar seguro donde vivir, se vista con lo necesario según la estación, pueda atender su salud física y mental, e incluso, que tenga momentos de recreación.

Sí, recreación. Porque los niños no solo necesitan sobrevivir, sino también desarrollarse emocional y socialmente. Y esto incluye salir al parque, tener una bicicleta o asistir a clases de pintura o deporte si es posible. La ley peruana protege ese derecho integral de los hijos, y obliga a los padres a contribuir a ello de acuerdo con sus posibilidades.

En pocas palabras: la pensión de alimentos es todo lo que se necesita para el bienestar del menor, no solo un monto mensual. .

¿Quién está obligado a pagar la pensión?

La responsabilidad de brindar alimentos recae en ambos padres, sin excepción . Es un deber compartido que no se extingue por separaciones, divorcios o nuevos compromisos de pareja. Ahora bien, en la práctica, la persona que no convive con el menor —ya sea el padre o la madre— es la que, por lo general, asume el pago mensual de la pensión. ¿Por qué? Porque quien tiene la custodia ya está aportando día a día con tiempo, cuidado, atención y muchos gastos directos.

Pero esto no significa que el padre o madre custodio esté libre de responsabilidad económica. Si esa persona también tiene ingresos, debe seguir contribuyendo con el bienestar del niño. La ley es clara: ambos deben aportar en proporción a sus capacidades económicas. No hay excusa válida si se tienen medios para ayudar y no se hace.

Desde nuestra experiencia en Estudio Jove Abogados, hemos visto casos donde la madre, aunque tenga la tenencia, también realiza aportes monetarios porque sus ingresos son mayores. Y eso es justo. Porque se trata del derecho del menor, no de una batalla entre padres.

¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?

No existe una fórmula matemática exacta, pero la ley establece criterios objetivos que los jueces deben considerar al momento de fijar el monto de la pensión. Entre los principales factores están:

  • El ingreso del padre o madre obligado: Ya sea que trabaje formalmente o en el sector informal, se toma en cuenta su capacidad económica real, incluyendo sueldos, ingresos por negocios, rentas u otros.
  • Las necesidades del menor: Se analiza qué requiere el niño o niña según su edad, salud, nivel educativo, alimentación, transporte, recreación y otros gastos propios de su desarrollo integral.
  • La cantidad de hijos u otras personas a carga del obligado: Si el demandado tiene más hijos o familiares que dependen económicamente de él o ella, eso también se toma en cuenta para distribuir sus recursos de forma justa.

En la práctica judicial peruana, muchos jueces determinaron entre un 25% y 35% del sueldo neto como pensión de alimentos cuando se trata de un solo hijo. Sin embargo, esto puede variar dependiendo de cada caso. Si hay más de un hijo, el monto no se multiplica directamente por el número de hijos, sino que se distribuye proporcionalmente entre ellos, sin afectar el derecho de cada menor a recibir una pensión adecuada.

Cuando el padre o madre demandado no tiene un trabajo formal en planilla , el juez puede tomar como referencia la Remuneración Mínima Vital , que en el año 2025 es de S/ 1,130 . En estos casos, el juez ya no fija el monto en porcentaje, sino que establece una cantidad fija , que suele estar entre S/ 350 y S/ 700 mensuales por hijo, dependiendo de lo que se pueda probar respecto a los ingresos reales del obligado. Esto incluye, por ejemplo, ingresos como conductor, comerciante, trabajador independiente, entre otros.

Además, el juez tiene la facultad de solicitar informes sociales, verificar documentos de ingresos y gastos, e incluso puede considerar el de vida que llevaba el menor estilo antes de la separación de sus padres, para que no se vea perjudicado.

Documentos necesarios para solicitarla

Si deseas iniciar un proceso de pensión de alimentos, es importante que reúnas cierta documentación básica. Estos documentos ayudarán al juez a evaluar su caso y fijar un monto justo. Lo ideal es presentar lo siguiente:

  • Copia del DNI de la madre, padre y del menor: Es esencial para identificar correctamente a las partes involucradas.
  • Partida de nacimiento del menor: Este documento demuestra el vínculo de filiación entre el hijo y los padres, y es indispensable para sustentar la demanda.
  • Pruebas de gastos: Incluye boletas o recibos de pagos de colegio, útiles escolares, alimentación, salud, vestimenta, transporte, entre otros. Estos respaldos permiten al juez conocer las verdaderas necesidades del menor y determinar un monto razonable.
  • Información sobre los ingresos del demandado: Puedes presentar boletas de pago, declaraciones de impuestos, capturas de redes sociales donde muestre su actividad económica, recibos de alquileres o cualquier otro indicio que ayude a demostrar su capacidad económica. Incluso si el demandado trabaja informalmente, es posible presentar pruebas indirectas, como fotos de su negocio o testimonios.

Consejo práctico: Si no tienes todos los documentos al inicio, igual podemos presentar la demanda. El juez puede requerir de oficio algunos documentos a bancos, RENIEC, SUNARP, SUNAT y otros durante el proceso. 

¿Cómo presentar una demanda de alimentos?

Debes acudir al Juzgado de Paz Letrado de Familia de tu localidad. El proceso es gratuito y no necesitas abogado obligatoriamente, pero contar con uno puede marcar una gran diferencia: te permitirá presentar mejor tu caso, evitar errores comunes y agilizar los tiempos.

En Jove Abogados , estamos listos para ayudarte en cada paso. Nuestro equipo analizará tu situación de manera personalizada, te explicará claramente tus derechos y te orientará sobre las mejores estrategias legales. Nos encargamos de ayudarle a buscar, recopilar y organizar las pruebas necesarias (como ingresos del demandado, gastos del menor, partidas, etc.), redactamos la demanda correctamente y te representamos durante todo el proceso judicial , desde el inicio hasta la emisión de la sentencia.

Además, si el demandado no cumple con la pensión fijada, también te asistimos en los trámites para exigir el cumplimiento, ya sea mediante embargo, cobro forzoso o incluso denuncia penal si corresponde.

Tu tranquilidad y el bienestar de tu hijo son nuestra prioridad. Escríbenos por WhatsApp al 950 778 714 o  951 131 139  o visítanos en nuestra oficina en Juliaca. En Jove Abogados, no estás sola, no estás solo. Estamos aquí para ayudarte con compromiso, cercanía y resultados.

¿Quién decide el monto final?

El juez analiza los documentos, evalúa los ingresos y necesidades del menor y decide el monto. Puede incluso ordenar descuentos por planilla o embargos si no hay cumplimiento.

Caso real resuelto por Jove Abogados

Una madre en Juliaca, con ingresos mínimos y preocupada por el futuro de su hijo, se acercó a nuestro estudio en busca de orientación. El padre del menor, trabajador en una empresa minera, se negaba a brindar apoyo económico, a pesar de contar con un ingreso estable y elevado. Tras escucharla y analizar su situación, nuestro equipo legal le explicó sus derechos y nos pusimos en marcha.

Presentamos la demanda de alimentos ante el Juzgado de Paz Letrado, acompañado de pruebas clave: la partida de nacimiento del niño, boletas de gasto mensual, y sobre todo, evidencia de los ingresos del padre , obtenidos mediante investigación y solicitud formal a su centro de trabajo. Argumentamos con firmeza que el menor tenía derecho a mantener un nivel de vida acorde con la capacidad económica del progenitor.

Gracias al trabajo legal estratégico de nuestro equipo, el juez dictó una pensión justa: el 35% del ingreso neto del padre , con ejecución inmediata descuento mediante directo por planilla. Esto garantizó que la pensión no dependa de la voluntad del demandado, sino que se descuente automáticamente cada mes.

Hoy, el niño cuenta con los recursos necesarios para su alimentación, salud, educación y bienestar general. Y su madre vive con la tranquilidad de saber que su hijo está protegido por la ley.

En Jove Abogados, creemos que cada niño merece una vida digna y luchamos para lograrlo.

Consejos prácticos

  • No esperes demasiado: los alimentos no pueden reclamarse si no se ha presentado la demanda.
  • Si el padre o la madre no tienen trabajo formal, igual se puede exigir pensión con base en ingresos presuntos oa la remuneración mínima vital.
  • Guarde todos los recibos y boletas relacionados al menor.
  • Si ya tienes sentencia y no la cumple, podemos solicitar la ejecución judicial.

¿Necesitas ayuda profesional?

En Jove Abogados te ayudamos con tu proceso de pensión de alimentos, desde la redacción de la demanda hasta la ejecución de la sentencia. Contáctanos hoy mismo para una consulta confidencial y sin compromiso.

📲 WhatsApp: 950 778 714   951 131 139

Fuentes legales

  • Artículo 92 del Código de los Niños y Adolescentes. Congreso del Perú. (https://www.congreso.gob.pe/Docs/files/cod_nino_adolescente.pdf)
  • Poder Judicial del Perú. Procedimiento de alimentos. (https://pj.gob.pe)

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